| Al ingresar a la Carrera Docente, todos los profesores (independiente de su tramo) comienzan a recibir el incremento de la Bonificación de Reconocimiento Profesional (BRP), la Asignación de Tramo y la Asignación por Docencia en Establecimientos con Alta Concentración de Alumnos Prioritarios (si corresponde). Además, solo los docentes en Carrera pueden -una vez que alcanzan el tramo Avanzado- acceder a la Red Maestros de Maestros, a realizar mentorías y a cargos directivos en el sector municipal y Servicios Locales de Educación. Cabe destacar que los docentes comienzan a percibir las asignaciones en la medida que cumplen con los requisitos requeridos para cada una de ellas. |
| El ingreso a Carrera Docente lo realizan los establecimientos, no los docentes. Si usted se desempeña en uno seleccionado, entrará automáticamente, sin necesidad de hacer ningún trámite. Esto siempre que no haya manifestado su voluntad de no ingresar a la Carrera Docente en este proceso. |
| Los profesores que ingresaron a la Carrera Docente en años anteriores no pueden manifestar la opción de no entrar a la Carrera. |
| Pueden optar por no ingresar a la Carrera Docente los profesores que cumplan los siguientes tres requisitos: • Trabajar al menos en uno de los 498 establecimientos que ingresarán en julio de este año a la Carrera Docente (Ver aquí). • Haber cumplido la edad legal de jubilación o estar a 10 o menos años de cumplirla (calcular de acuerdo con los años y meses que ud. tendrá al 31 de julio del año en curso). • No haber ingresado previamente a la Carrera Docente. Si cumple estos tres requisitos y desea no ingresar a Carrera Docente, debe subir los documentos solicitados en http://portaldocente.mineduc.cl antes del 9 de junio del año en curso. |
Las posibles causas son:
A)Para docentes en los tramos Avanzado, Experto I y II que se desempeñan en establecimientos con una concentración de alumnos prioritarios igual o mayor al 80%: si este porcentaje disminuye por debajo de 80%, dejarán de percibir el monto fijo adicional de esta asignación* (inciso quinto del artículo 50 del Estatuto Docente).
B) Para docentes que se desempeñan en establecimientos rurales con una concentración de alumnos prioritarios igual o mayor a 60%: si este porcentaje disminuye por debajo de 60%, pero se mantiene igual o mayor a 45%, dejarán de percibir el monto fijo, mientras que su asignación será equivalente a un 10% de la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional, en lugar de un 20%* (inciso final del artículo 50 del Estatuto Docente).
C)Si disminuyen las horas de contrato declaradas por el sostenedor en www.carreradocente.cl, los montos fijo y fijo adicional disminuyen de forma proporcional a estas. Además, la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional considera en su cálculo las horas de contrato, por ende, si el monto de esta asignación disminuye según las horas de contrato, disminuirá a su vez el monto variable de la Asignación de Alumnos Prioritarios (equivalente al 10% o 20% de la Asignación por Tramo, según corresponda)*.
D) La Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional considera en su cálculo los bienios reconocidos, por ende, si el monto de esta asignación disminuye de forma proporcional a los bienios declarados por el sostenedor, disminuirá a su vez el monto variable de la Asignación de Alumnos Prioritarios (equivalente al 10% o 20% de la Asignación por Tramo, según corresponda)*.
E) Si se deja de percibir la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional por aplicación del artículo 19 P del Estatuto Docente (DFL N°1 de 1996), se dejará de percibir el monto variable de la Asignación de Alumnos Prioritarios (equivalente al 10% o 20% de la Asignación por Tramo, según corresponda) *.
* Más información en https://www.cpeip.cl/carrera-docente-asignaciones/.
| No, cuando un establecimiento ingresa a la carrera, toda la dotación docente comienza a recibir las asignaciones asociadas de acuerdo con su tramo. |
| El año 2016, en el marco del proceso de asimilación de tramo, el Ministerio de Educación asignó tramo a los docentes que se encontraban ejerciendo en establecimientos municipales, particulares subvencionados y de administración delegada. El tramo puede ser consultado en Portal Docente (ver método de registro). Quienes no se encontraban ejerciendo en 2016, ingresarán en tramo Inicial, de contar con menos de 4 años de experiencia, o en Acceso, si tienen 4 o más años de experiencia. Además, a las y los educadores y docentes que previamente sean convocados a participar del Sistema de Reconocimiento, se les informará sus resultados y el tramo asignado durante el primer semestre del año siguiente, el cual tendrá efectos a partir de julio. |
| Los técnicos que ejercen como docentes en la modalidad TP ingresan a la Carrera Docente al igual que todos los docentes de establecimientos municipales, particulares subvencionados, de administración delgada y Servicios Locales de Educación, con los mismos beneficios. |
| Sí, cuando los establecimientos ingresan a la Carrera Docente lo hacen con toda su dotación docente, incluidas las educadoras diferenciales. |
| Ingresan a la Carrera Docente todos los profesionales de la educación que desempeñan funciones de docencia de aula, directivas y técnico pedagógicas en establecimientos que reciben financiamiento del Estado. No obstante, para progresar en los tramos de la Carrera, es requisito realizar funciones de aula, pues los instrumentos del Sistema de Reconocimiento están dirigidos a evaluar los conocimientos disciplinarios y pedagógicos así como las prácticas pedagógicas en el aula. |
| No, porque el o los establecimientos postulados serán considerados automáticamente en los siguientes procesos, de acuerdo al lugar que ocupe el establecimiento en la lista de postulantes. |
| Cada año se disponen cupos para el ingreso de un séptimo de los docentes de establecimientos particulares subvencionados y de administración delegada (cerca de 15.000). En caso de existir más postulantes, se priorizará a aquellos establecimientos con mayor concentración de alumnos prioritarios, según lo establecido en la Ley N°20.903. |