CPEIP responde
Preguntas y respuestas de temas clave para la docencia

Los/as docentes o educadores/as en el tramo Acceso pueden rendir los instrumentos de evaluaci贸n de manera voluntaria si desean avanzar en su desarrollo profesional, siempre que cumplan con los requisitos del tramo al que aspiran.Sin embargo, si han permanecido tres a帽os o m谩s en el tramo Acceso desde su ingreso al Sistema de Reconocimiento, rendirlos se vuelve obligatorio, ya que, en caso de no hacerlo, ser谩n asignados al tramo Inicial.Para los/as docentes de establecimientos particulares subvencionados y de administraci贸n delegada, la normativa vigente establece un calendario progresivo para rendir la evaluaci贸n, en funci贸n del tiempo que lleven en el tramo Acceso, establecido por el art铆culo 5掳 transitorio de la ley N掳 21.625.